Soberana Orden Militar Española de los
Caballeros Templarios
Estructura Orgánica
L
a
Soberana
Orden
Militar
Española
de
los
Caballeros
Templarios
(SOMECT)
se
encuentra
constituida
por
prioratos
autónomos
establecidos
en
diversos
países
del
mundo.
No
es
pues
posible
pertenecer
a
la
Orden
a
título
individual,
sino
que
el
ingreso deberá propiciarse necesariamente en una Encomienda o Priorato legalmente establecidos.
La
Soberana
Orden
Militar
Española
de
los
Caballeros
Templarios
está
constituida
de
acuerdo
con
la
legislación
española,
e
inscrito
en
el
Ministerio
del
Interior,
organismo
al
que
debe
rendir
cuentas
de
sus
actividades
económicas
-
por
tratarse
de
una
organización
sin
fines
de
lucro
-
y
de
aquellos
actos
que
puedan
producir
efectos
jurídicos.
Tal
es
el
caso
de
la
elección
de
Oficiales
de
la Orden o de la reforma de los estatutos.
Desde
el
24
de
noviembre
del
2011
La
Soberana
Orden
Militar
Española
de
los
Caballeros
Templarios
ostenta
la
calificación
de
Soberana,
distinción
otorgada
por
una
Casa
Real,
por
lo
que
ha
pasado
a
denominarse
Soberana
Orden
Militar
Española
de
los
Caballeros Templarios (SOMECT)
En
estos
estatutos,
la
Orden
tiene
fijados
sus
propios
fines
donde
puede
leerse,
entre
otros
los
de
«Promover
virtudes
cristianas,
defender
el
orden
social,
practicar
obras
de
misericordia,
de
beneficencia
y
caridad.
Propagar
las
nobles
tradiciones
de
la
antigua
caballería.
Patrocinar
los
estudios
históricos,
heráldicos
y
genealógicos,
particularmente
en
relación
a
la
antigua
tradición
templaría,
etc.»
Y
del
mismo
modo
y
a
partir
del
24/11/2011,
la
Soberana
Orden
Militar
Española
de
los
Caballeros
Templarios,
además
de
sus
Estatutos
y
Regla
tiene
el
mandato
de
establecer
las
directrices
de
una
Constitución
por
la
que
se
rige
su
estructura
y
sus
pasos
a
seguir, aprobado por el Consejo Nacional de la Orden y después ratificada por todos los miembros de la misma
Una
de
las
formas
de
cumplir
con
los
fines
que
señalan
a
la
Orden
tanto
sus
"Reglas
Originales
y
Constitución",
como
los
estatutos
vigentes,
es
el
estudio
de
temas
templarios
y
su
difusión.
Esta
labor
se
lleva
a
cabo
con
la
colaboración
de
profesos
y
profesas,
así
como
por
personas
especializadas
e
interesadas
en
los
temas
del
Temple.
Los
trabajos
se
canalizan
a
través
de
la
del
Instituto
de
Desarrollo Templario
Vertebración Territorial
Tercia
.-
Es
la
unidad
básica,
formada
por
un
mínimo
de
tres
Hermanos
en
un
mismo
entorno
no
demasiado
distante.
La
denominación
de
la Tercia hará referencia al entorno en donde se ubica la misma.
Encomienda.-
La
forman
un
mínimo
de
nueve
Hermanos,
en
un
entorno
geográfico
próximo,
de
los
cuales,
al
menos
cinco
deberán
ser
Caballeros/Damas profesos
.
Al
frente
de
la
Encomienda
habrá
un
Comendador.
La
denominación
de
la
Encomienda
hará
referencia
al
entorno
en
donde
se
ubica
la
misma.
Bailía.-
Cuando
en
una
misma
Comunidad
Autónoma
hay
tres
o
más
Encomiendas,
éstas
pueden
agruparse
en
una
Bailía,
órgano
de
jurisdicción territorial intermedio entre ellas y el Gran Priorato
Consejo Nacional
Para
acceder
al
Consejo
Prioral
debe
ostentarse,
al
menos,
el
grado
de
Comendador
El
Consejo
Prioral
lo
forman
los
responsables
de
algunos
de
los diferentes departamentos organizativos en que se divide el Gra
n Priorato de España y actualmente son
:
Los miembros del Consejo Nacional son:
El Maestre
o
Legado/Senescal primero
o
Mariscal
o
Senescal
o
Canciller
o
Maestro de Ceremonias
o
Arcarius (Tesorero)
o
Preceptor
o
Relaciones Internacionales