Soberana Orden Militar Española de los Caballeros Templarios
Estructura Orgánica L a Soberana Orden Militar Española de los Caballeros Templarios (SOMECT) se encuentra constituida por prioratos autónomos establecidos en diversos países del mundo. No es pues posible pertenecer a la Orden a título individual, sino que el ingreso deberá propiciarse necesariamente en una Encomienda o Priorato legalmente establecidos. La Soberana Orden Militar Española de los Caballeros Templarios está constituida de acuerdo con la legislación española, e inscrito en el Ministerio del Interior, organismo al que debe rendir cuentas de sus actividades económicas - por tratarse de una organización sin fines de lucro - y de aquellos actos que puedan producir efectos jurídicos. Tal es el caso de la elección de Oficiales de la Orden o de la reforma de los estatutos. Desde el 24 de noviembre del 2011 La Soberana Orden Militar Española de los Caballeros Templarios ostenta la calificación de Soberana, distinción otorgada por una Casa Real, por lo que ha pasado a denominarse Soberana Orden Militar Española de los Caballeros Templarios (SOMECT) En estos estatutos, la Orden tiene fijados sus propios fines donde puede leerse, entre otros los de «Promover virtudes cristianas, defender el orden social, practicar obras de misericordia, de beneficencia y caridad. Propagar las nobles tradiciones de la antigua caballería. Patrocinar los estudios históricos, heráldicos y genealógicos, particularmente en relación a la antigua tradición templaría, etc.» Y del mismo modo y a partir del 24/11/2011, la Soberana Orden Militar Española de los Caballeros Templarios, además de sus Estatutos y Regla tiene el mandato de establecer las directrices de una Constitución por la que se rige su estructura y sus pasos a seguir, aprobado por el Consejo Nacional de la Orden y después ratificada por todos los miembros de la misma Una de las formas de cumplir con los fines que señalan a la Orden tanto sus "Reglas Originales y Constitución", como los estatutos vigentes, es el estudio de temas templarios y su difusión. Esta labor se lleva a cabo con la colaboración de profesos y profesas, así como por personas especializadas e interesadas en los temas del Temple. Los trabajos se canalizan a través de la del Instituto de Desarrollo Templario
Vertebración Territorial Tercia .- Es la unidad básica, formada por un mínimo de tres Hermanos en un mismo entorno no demasiado distante. La denominación de la Tercia hará referencia al entorno en donde se ubica la misma. Encomienda.- La forman un mínimo de nueve Hermanos, en un entorno geográfico próximo, de los cuales, al menos cinco deberán ser Caballeros/Damas profesos . Al frente de la Encomienda habrá un Comendador. La denominación de la Encomienda hará referencia al entorno en donde se ubica la misma. Bailía.- Cuando en una misma Comunidad Autónoma hay tres o más Encomiendas, éstas pueden agruparse en una Bailía, órgano de jurisdicción territorial intermedio entre ellas y el Gran Priorato
Consejo Nacional Para acceder al Consejo Prioral debe ostentarse, al menos, el grado de Comendador El Consejo Prioral lo forman los responsables de algunos de los diferentes departamentos organizativos en que se divide el Gra n Priorato de España y actualmente son : Los miembros del Consejo Nacional son: El Maestre o Legado/Senescal primero o Mariscal o Senescal o Canciller o Maestro de Ceremonias o Arcarius (Tesorero) o Preceptor o Relaciones Internacionales